Del pliego antiguo al nuevo. Qué cambia en la licitación del Centro Social de Igea

El pliego abre la puerta a más candidatos
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En Igea, el debate de estos días no gira solo en torno a si se licita o no, sino a cómo se licita. Al poner uno junto a otro los documentos anteriores y los nuevos, se ve que el Ayuntamiento ha retocado varias piezas clave para intentar que el concurso sea más claro y más atractivo para posibles candidatos, aunque también deja algún fleco llamativo.


Primero se corrige la etiqueta jurídica del contrato

El pliego administrativo anterior calificaba el contrato como contrato de servicios, pero al mismo tiempo se apoyaba en un artículo y una lógica propios de concesión. El nuevo pliego ya lo define de forma expresa como contrato de concesión de servicios, alineando la definición con el resto del contenido. Es decir, se refuerza la idea de que quien gestione el bar restaurante asume el riesgo de la explotación y no puede pedir compensaciones si el negocio no sale rentable.


La puntuación ya no premia promesas de inversión sino experiencia

Aquí está uno de los cambios más sustanciales. Antes, además de la oferta económica, el segundo bloque de puntos se lo llevaba el compromiso de reposición de mobiliario, electrodomésticos y arreglos en la zona de bar y sótano, con puntuación según se prometieran 2, 3 o 4 años de reposición.
Ahora ese bloque pasa a ser experiencia acreditada en hostelería, con una escala sencilla de 1 año, 2 años, o 3 o más, y con requisitos de prueba como vida laboral, contratos o certificados de empresa.

El efecto práctico es claro, el nuevo pliego empuja a prometer inversiones futuras para competir y se prioriza que gane alguien con recorrido demostrable tras la barra o en cocina.


También cambian los desempates

En coherencia con lo anterior, en caso de empate el pliego antiguo miraba la oferta económica y luego el compromiso de reposición. El nuevo, tras la oferta económica, utiliza la experiencia acreditada como segundo criterio de desempate.


Se suaviza el filtro de entrada la solvencia

Otro punto que puede abrir la puerta a más candidatos. El pliego anterior exigía solvencia técnica o profesional con una experiencia mínima de 2 años en hostelería o restauración.
El nuevo pliego rebaja esa barrera y orienta la solvencia técnica hacia requisitos más, digamos de cumplimiento, como disponer del carnet de manipulador de alimentos y acreditar medios personales y materiales suficientes mediante documentación y declaraciones responsables.
Ojo, la experiencia no desaparece, pero se desplaza sobre todo al terreno de la puntuación, no al de la exclusión automática.


Menos papeleo de golpe de tres sobres a dos

En la mecánica de presentación de ofertas también hay cambio. El procedimiento anterior pedía tres sobres cerrados para documentación administrativa, criterios de juicio de valor y criterios automáticos.
El nuevo lo simplifica a dos sobres, separando la documentación administrativa y la proposición económica con la documentación cuantificable automáticamente. Para un licitador reduce trámites y puntos donde equivocarse.


Tarifas más libertad en el texto, pero con una frase que chirría

Antes, las tarifas las fijaba el adjudicatario pero debían ser autorizadas por el Ayuntamiento.
En el nuevo, la cláusula de tarifas elimina esa autorización y habla de que las fija el adjudicatario atendiendo a precios vigentes en establecimientos similares del municipio.

Cambio nítido hacia más autonomía pero ojo, el régimen de infracciones del nuevo pliego sigue considerando grave cobrar tarifas superiores a las autorizadas por la Administración lo que crea una pequeña incoherencia interna entre la cláusula de tarifas y la de sanciones. 


La continuidad del servicio se formula de manera más cauta

El pliego antiguo decía que, al finalizar el contrato, el adjudicatario continuaría hasta que se resolviera una nueva adjudicación, con un máximo de nueve meses.
El nuevo lo matiza y lo convierte en algo excepcional, solo aplicable si concurren requisitos y circunstancias del artículo 29.4, y manteniendo también el tope máximo de nueve meses. En la práctica, el nuevo texto intenta dejar claro que la prórroga no es automática, sino condicionada.


En lo técnico se aprietan horarios e higiene

En el pliego técnico, el horario gana precisión. Antes se exigía abrir todos los días del año y comunicar cierres para autorización.
Ahora se añade expresamente que debe abrirse todos los días del año en horario de mañana y tarde, manteniendo el control municipal sobre cierres.

Donde sí se nota un salto es en el detalle de limpieza e higiene. El nuevo fija rutinas concretas como limpieza diaria en planta baja, limpieza varios días a la semana en otras zonas, y reposición diaria de elementos de higiene en aseos, además de exigencias de desinfección y prevención.
El antiguo hablaba de limpieza periódica y de mantener el nivel higiénico exigible, pero sin ese nivel de calendario y obligación detallada.

El nuevo también reparte responsabilidades en reparaciones y sustituciones. El pliego técnico antiguo era más duro con el concesionario, que asumía mantenimiento, reparación y recambio inmediato de cualquier elemento.
El nuevo concreta que ciertas reparaciones en planta baja y sótano corren a cargo del adjudicatario, pero otras del resto del edificio serían del Ayuntamiento, y que las sustituciones por deterioro por uso normal del mobiliario general las asumiría el Ayuntamiento, mientras que el menaje de cocina, bar y restaurante lo pone y repone el adjudicatario.

También se detallan más los consumos y suministros que paga el adjudicatario, con referencias a mediciones y conceptos como calefacción o climatización.


Un pliego para atraer candidatos, con un par de puntos a vigilar

Sumando todo, el nuevo pliego baja barreras de entrada, simplifica sobres, cambia la segunda palanca de puntos hacia la experiencia real y no tanto hacia promesas de reposición, y aclara la calificación como concesión.

A la vez, endurece el día a día en lo operativo con más exigencias de horarios y limpieza, y deja una contradicción interna en materia de tarifas que convendría pulir para que nadie se frene por inseguridad jurídica.


En un pueblo, estos matices no son letra pequeña, son la diferencia entre que alguien se anime a presentarse o pase de largo.


Pliego claúsulas administrativas particulares

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